¿Aval y fiador son lo mismo?
La respuesta es que no lo son:
Con gusto te explico las principales diferencias entre aval y fiador:
Aval:
El aval es un término utilizado en materia mercantil y se encuentra principalmente en títulos de crédito como pagarés y letras de cambio.
Función del aval: El avalista se compromete a pagar por una tercera persona en caso de que esta no cumpla con su obligación de pago. En otras palabras, el avalista garantiza el cumplimiento de la deuda en nombre de otro individuo.
Características:
- Es un acto jurídico unilateral, abstracto y completo de naturaleza cambiaria.
- La obligación del avalista es autónoma y distinta de la del avalado.
- El avalista debe ser capaz cambiariamente y tener libre disposición de sus bienes.
- La firma del avalista en el título o en una hoja adherida es suficiente.
- El aval puede ser otorgado por terceros o firmantes.
- En caso de pagaré, se entiende a favor del suscriptor.
- También funciona para el cheque.
- Importante: El aval no sigue la suerte principal, lo que significa que las obligaciones del avalista y del avalado son principales, soberanas y autónomas.
Fiador:
El fiador es un término reglamentado en materia civil a través del contrato de fianza.
Función del fiador: Se compromete con el acreedor a pagar por el deudor principal en caso de que este no cumpla con su obligación.
Características:
- El fiador siempre debe dejar un bien inmueble en garantía.
- Es un obligado solidario y puede ser demandado directamente por el acreedor.
- Su compromiso es específico para el cumplimiento de pagos en contratos de arrendamiento.
En resumen, mientras que el aval se relaciona con títulos de crédito y garantiza el pago en nombre de otro, el fiador es más común en contratos civiles y se compromete a pagar por el deudor principal en situaciones específicas, como en los arrendamientos.